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MSR Alquiler de Maquinaria – Venta de Maquinaria – Alquiler de Equipos de Climatización

MSRenting socio ASEAMAC

CONDICIONES GENERALES DE ALQUILER DE MAQUINARIA SIN OPERADOR

1. Términos del contrato:
Las relaciones de las partes se rigen por lo establecido en el albarán/contrato de naturaleza mercantil y que tiene por objeto la cesión por el arrendador (MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L.), en régimen de arrendamiento, de la maquinaria identificada en las condiciones particulares y de los servicios de mantenimiento de la misma.
La firma del albarán/contrato es condición obligatoria para la entrega de la maquinaria y supone la aceptación de todas las cláusulas.

2. Duración:
El periodo de alquiler comienza el día en que se efectúa la entrega o puesta a disposición del material y finaliza el día que se produce la devolución física por parte del arrendatario. Si la devolución de la máquina se produjese posterior a las 9.30 horas se facturará dicho día.
En caso que en la oferta o contrato albarán no exista una fecha de devolución pactada, se fija en un (1) día natural a contar desde la entrega o puesta a disposición de la máquina del arrendador al arrendatario. Trascurrido este plazo, el alquiler se prolongará un (1) día natural, salvo que exista comunicado por alguna de las partes de la intención de rescindir el contrato.

3. Responsabilidad Contractual:
Desde el momento de la entrega del material, este quedará fuera de la responsabilidad del arrendador, asumiendo el arrendatario todos los riesgos por su deterioro, pérdida parcial o total, robo, así como la responsabilidad por la totalidad de los daños y perjuicios, materiales y corporales, que puedan ser causados por dicha maquinaria durante la vigencia del contrato.
El arrendatario por tratarse de un alquiler sin conductor, es el único responsable en su circulación por vías públicas de cualquier acción u omisión constitutiva de delito o falta contra la seguridad del tráfico. Igualmente será responsable de sanciones y multas en las que pudiera incurrir durante el uso de la maquinaria.
El arrendatario no podrá realizar reclamación o descuento por lucro cesante o similar, salvo el caso de falta de cumplimiento de las obligaciones del arrendador.

4. Tarifas:
El precio de alquiler y la forma de pago fijadas de común acuerdo por las partes, se aceptan libremente por las partes y constituyen un compromiso indisoluble e inalterable.
A los precios reflejados en la tarifa deberá sumarse el impuesto nacional, autonómico y local correspondiente.
Los precios indicados u ofertados son para el uso de 8 horas de trabajo día. El exceso de horas se facturará en proporción al precio día.
El uso de la máquina en días no acordados de utilización será facturado como día adicional.
MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L., en función de la ley 22/2011 de 28/07 facturará 9,00€ en concepto de tasa de residuos por máquina y contrato.
Se factura el servicio por la recarga de baterías de la máquina eléctrica a su salida a 6,00€
En el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago pactadas, el arrendatario se obliga a poner a disposición del arrendador la maquinaria arrendada o permitir la retirada por parte del arrendador, en el plazo de 24 horas, contadas desde la comunicación en tal sentido, estando el arrendatario obligado a abonar la cantidad adeudada con sus intereses moratorios correspondientes.

5. Transportes:
Será por cuenta del arrendatario los costes de transporte, carga y descarga del material al comienzo y al final del alquiler.

6. Servicio e Inspección:
El arrendatario permitirá al arrendador, en todo momento, sin necesidad de previo aviso o autorización, el acceso al lugar donde se encuentre la máquina para su revisión, reparación y control.

7. Aviso de Avería:
El arrendatario, notificará en tiempo y forma al arrendador a la mayor brevedad posible, cualquier avería o funcionamiento incorrecto del material alquilado, para que el arrendador proceda a su revisión, reparación o sustitución si fuese necesario.
El arrendatario, no podrá modificar, sustituir o transformar piezas del material alquilado sin la previa autorización del arrendador.
El servicio de asistencia técnica estándar se realiza los días laborables en el horario de apertura de MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L., salvo contrato previo de un servicio técnico adicional entre arrendatario y arrendador.

8. Mantenimiento y uso:
El arrendatario procederá diariamente a las verificaciones y puesta a punto de los niveles (si fuesen necesarios), combustible y accesorios del material alquilado para su buen funcionamiento, conforme a las indicaciones del fabricante y arrendador.
El arrendatario confiará el material arrendado a personal cualificado para su uso normal y él mismo deberá estar en posesión de las autorizaciones o permisos necesarios para su uso (carnet de conducir, etc.)
El arrendatario será responsable de todos los costes originados por avería, perdida o daños que sufra la maquina arrendada por negligencia o uso indebido de la misma.

9. Sustitución de maquinaria:
El arrendador se reserva el derecho de sustituir la maquinaria arrendada por otra de similares características y con capacidad para desarrollar el trabajo concertado para el que fue arrendada, siendo por cuenta de MSR los gastos que esta sustitución genere.
Si la sustitución fuese por cuenta del arrendatario, serán por su cuenta los costes que esta ocasione.

10. Seguros:
Los seguros de la maquinaria, mientras esta permanezca arrendada, serán por cuenta del arrendatario. MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L. tiene suscrita una póliza con una aseguradora en la que se garantizan exclusivamente los daños propios de la máquina, registrados por causas externas como consecuencia de incendio, impacto directo de un rayo, explosión externa ajena a la máquina, hundimiento del terreno, voladuras, riesgos catastróficos amparados por el Consorcio de Compensación de Seguros, actos vandálicos y el robo.
En ningún caso existirá cobertura para los siniestros registrados como consecuencia de hurto, sustracción, desaparición o extravió de la máquina o de alguno de sus componentes. En las situaciones de hurto, sustracción, desaparición o extravío de la máquina, MSR facturará al arrendatario el importe del valor de la máquina reflejado en el albarán/contrato de alquiler.
Aquellos siniestros registrados durante el transporte, la carga y descarga efectuados por el arrendatario, serán responsabilidad directa del cliente.
Para la cobertura de cada uno de los siniestros, serán de aplicación las mismas condiciones y exclusiones que las señaladas en la póliza contratada por MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L.. En caso de siniestro será de aplicación una franquicia a cargo del Asegurado del 15% del importe del siniestro, con un mínimo de 750,00 euros.
MSR a su vez tiene suscrita una póliza de Responsabilidad Civil. Este seguro no cubre la responsabilidad civil derivada de una negligencia en el uso del bien por parte del arrendatario, así como los daños derivados de un manejo inadecuado tanto de la máquina como de las posibles cargas transportadas por esta. Será el arrendatario el responsable de cubrir dicho seguro, así como de cumplir la normativa legal en cuanto al uso de la maquinaria y las medidas de seguridad y prevención pertinentes.
El importe del seguro por máquina es de 0,90€ día natural para máquina inferior a 500kg, 2,50€ para el resto de maquinaria y 3,50€ día natural para toda máquina matriculada.

11. Propiedad:
La maquinaria arrendada es propiedad de MSR, no pudiendo por tanto ser vendida, hipotecada, embargada o cualquier otra forma gravada, sin la autorización expresa por escrito del arrendador.
Queda prohibido prestar o subarrendar la maquinaria a un tercero, siendo el arrendatario el único responsable del material hasta su devolución.

12. Ley aplicable y jurisdicción:
La relación contractual se regirá e interpretará conforme a la legislación española. Con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder a las partes, todas las controversias que surjan con relación a este contrato quedarán sometidas a los Tribunales de la ciudad de Sevilla.
El contrato / albarán constituye el acuerdo completo entre el cliente y el arrendador con el servicio de alquiler de maquinaria de MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE RENTING, S.L.

 

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